Jueves 17 de Julio de 2025

JUSTICIA LENTA Y VERGONZOSA

16 de julio de 2025

ORDENAN LIBERAR A LA CONCEJALA MIERI, DETENIDA HACE 13 DÍAS POR DEJAR ESTIERCOL EN LA CASA DE ESPERT

La concejala Eva Mieri

También le redujeron el monto de la fianza a Alesia Abaigar, la funcionaria detenida por el mismo caso y liberada -son prisión domiciliaria- días atrás.

La Cámara Federal de San Martín ordenó hoy la excarcelación de la concejala de Quilmes Eva Mieri, que está presa desde hace 13 días por orden de la jueza federal Sandra Arroyo Salgado acusada de haber tirado “estiércol” frente a la casa del diputado José Luis Espert.

Arroyo Salgado se había negado a liberarla, pero los camaristas Alberto Lugones y Néstor Barral consideraron que no existían riesgos procesales que justificaran que siguiera detenida.

Además, los camaristas decidieron reducir la caución que Arroyo Salgado le había impuesto a la funcionaria bonaerense Alesia Abaigar, también presa en el marco de esa causa. A ella la Cámara la había excarcelado en contra de lo que había resuelto Arroyo Salgado, que cuando decidió las condiciones para esa liberación resuelta por el tribunal le impuso una caución que la acusada consideró excesivamente alta. Hoy, los camaristas redujeron el monto de esa garantía de 30 millones de pesos a dos millones.

Y cuando ordenaron la excarcelación de Mieri dijeron que su liberación debe ser dispuesta por Arroyo Salgado “bajo la caución que ‘razonablemente’ la señora jueza de grado estime corresponder”.

Los motivos de la excarcelación

Los camaristas consignaron en su fallo que Mieri está acusada de los delitos de “atentado contra el orden público, en concurso real con amenazas coactivas agravadas e incitación a la persecución u odio contra una persona a causa de sus ideas políticas, estas últimas en concurso ideal con los delitos de malversación de caudales públicos y alteración de la numeración de un objeto registrado de acuerdo con la ley”.

Los camaristas consignaron que “tal como señala la propia magistrada” en la causa, “la escala penal prevista para ese concurso de delitos tornaría procedente la soltura de Mieri” y no se demostró que haya motivos para creer que, de quedar en libertad, ella vaya a fugarse o a entorpecer la investigación.

“A contrario de lo argumentado por la a quo [Arroyo Salgado], no se explican cuáles serían, por caso, aquellas diligencias probatorias que podrían verse frustradas o entorpecidas en caso de que la causante recupere su libertad ambulatoria, debiendo ponderarse también en este sentido que las pruebas incorporadas hasta el momento en el sumario permitieron dirigir la imputación a su respecto, por lo que no se aprecia, en tal sentido, una causal obstativa razonable y concreta“.

Barral y Lugones destacaron además que “no puede pasarse por alto que las afirmaciones efectuadas por la a quo a la hora de evaluar la existencia de riesgo de entorpecimiento de la investigación -en relación a que el aparato celular de Mieri había sido objeto de una ‘constatada maniobra de vaciado completo’, carece -en la actualidad y frente a la ausencia de un peritaje de la especialidad- de respaldo probatorio técnico suficiente”.

En cuanto a un supuesto riesgo de fuga, los camaristas subrayaron que Mieri se identificó correctamente cuando fue allanada su casa y no intentó huir. Destacaron además que tiene un “trabajo verificado” y una “residencia fija” y que no tiene antecedentes penales.

Los camaristas concluyeron entonces: “En definitiva, la Sala estima que la evaluación conjunta de los elementos señalados, a contrario a lo decidido por la a quo, no permiten tener por verificadas la concurrencia de riesgos procesales concretos (…) por lo que la excarcelación pretendida resulta procedente estimando el Tribunal que la misma debe ser otorgada bajo la caución que ‘razonablemente’ la señora jueza de grado estime corresponder”. Para esa estimación razonable, los camaristas le pidieron a Arroyo Salgado que considere las condiciones del caso y de la acusada. 

FUENTE - AGENCIA DIB



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